Un breve resumen de la CdG
Decreto 192/1937, de 26 de enero (BOE número 99, del 27).
Determinando las recompensas que, por méritos de campaña, pueden ser otorgadas .
[…] Artículo primero. Las recompensas que por méritos de campaña, pueden ser otorgadas a generales, jefes, oficiales y clases de tropa serán las siguientes […]
d) Cruz de Guerra (antigua de María Cristina) […]
Orden circular de 29 de marzo de 1938 (BOE número 526, del 31).
Aprobando el modelo de insignias de la Cruz de Guerra .
Por resolución de S. E. el Generalísimo y con arreglo a lo dispuesto en el decreto número 192 de fecha 26 de enero de 1937 (B. O. número 99), se publican (en lámina aparte), los modelos, en tamaño natural y colores verdaderos, de la Cruz Roja del Mérito Militar y Cruz de Guerra […]
La lámina muestra la placa no la cruz
Orden de 9 de marzo de 1939 (BOE número 71, del 12).
Orden anunciando un concurso entre casas nacionales para la construcción de condecoraciones militares.
Los ejemplares de […] la Cruz de Guerra serán construidos con arreglo a los diseños publicados en la Orden de este Ministerio de fecha 29 de marzo de 1938
Sigue siendo la placa
Orden de 3 de abril de 1939 (BOE número 96, del 6).
Adjudicando a la Casa Industrias Egaña, de Motrico, la construcción de las condecoraciones militares anunciada por concurso de fecha 9 de marzo último.
Como resultado del concurso anunciado por Orden de 9 de marzo de 1939 (B. O. número 71) para la construcción de condecoraciones militares, se adjudica la construcción anunciada a la Casa Industrias Egaña, de Motrico, única que ha presentado proposición en las condiciones señaladas y a los precios siguientes:
Cruz de Guerra, precio neto por unidad 45 pesetas.
Sigue siendo la placa
Orden de 15 de enero de 1940 (C. L. número 23).
Autorizando al personal que se halle en posesión de la Cruz de Guerra para que lleve en los pasadores de uso corriente, como distintivo, una cinta de muaré igual a la que representaba a la antigua Cruz de María Cristina, y cuyas características se detallan.
He resuelto autorizar al personal que se halle en posesión de la Cruz de Guerra, para que lleve en los pasadores de uso corriente, como distintivo de la citada condecoración, una cinta de muaré igual a la que representaba a la antigua Cruz de María Cristina, y cuyas características eran las siguientes: anchura de tres centímetros, dividida en tres partes iguales: la central, con los colores nacionales, y las de los costados, blancas, con filete carmesí, de un milímetro. Asimismo se autoriza el uso de tantas cintas iguales a la expresada como Cruces de Guerra se posean.
La repetición de cada una de estas Cruces, cuando se ostente la propia condecoración, se representará por rectángulos de metal idéntico al que lleva aquélla, sobrepuestos a los demás brazos de la Cruz, y en los que se inscribirá la fecha de la acción, o la de la concesión, cuando se otorgue por un conjunto de servicios de campaña.
Ley de 14 de marzo de 1942 (BOE número 122, del 2 de mayo).
Por la que se aprueba el Reglamento de Recompensas del Ejército en tiempo de guerra .
Artículo primero.—Se aprueba el adjunto Reglamento de Recompensas del Ejército en tiempo de guerra, que empezará a regir desde la publicación de la presente ley […]
II.—RECOMPENSAS DE GUERRA
Artículo 5.º Para premiar los hechos o servicios de guerra, se establecen las diversas categorías de las Órdenes que a continuación se citan o recompensas que se señalan […]
4. Cruz de Guerra con Palmas.
5. Cruz de Guerra […]
Cruz de Guerra
Artículo 38. Se concederá al personal que hubiere realizado actos o servicios «muy destacados» que tuvieran extraordinaria eficacia para el desarrollo del combate o batalla.
Sólo podrá usarse una condecoración de esta clase, acreditando la repetición mediante el empleo de pasadores. Constará de las categorías siguientes:
— Para clases de tropa, con cinta azul celeste y blanco.
— Para oficiales y suboficiales, placa con fondo de bronce.
— Para jefes, placa con fondo de plata.
— Para generales, la Gran Cruz de Guerra, con fondo de oro, banda y venera.