LAS ARMAS CORTAS DE FUEGO EN LA GUARDIA CIVIL
Tal y como se recuerda en la “Historia de la Guardia Civil”, a la Infantería no se le dio la indispensable pistola pequeña. Respecto a las “dos pistolas de arzón”, finalmente sólo se la doto en la mayor parte de las unidades de una, lo cual no dejo de ser un contrasentido, ya que el motivo fueron dos pistolas una para cada lado del arzón – era para dar al jinete una mayor potencia de fuego cuando se encontraba montado y podía ser fácil blanco a distancias cortas de enemigo dotados de armas de fuego contra las que armas blancas de poco podía valer.
La pistola de chispa
Cuando se fundó la Guardia Civil el armamento de llave de chispa había alcanzado un elevado grado de perfeccionamiento en cuanto a su constitución y calidad, estando plenamente implantado desde muchos años antes su empleo en el Ejercito los modelos de mayor uso en la Guardia Civil fueron los siguientes:
Se trata de una pistola de chispa con lave a la francesa en su versión Española modelo 1828. Su calibre “de a 17 en libra”, fue adoptado por R.O. de 6 de marzo de 1843. Dicha expresión significa que desde una libra de plomo se fundían 17 balas esféricas de las utilizadas por dicha arma. La R.O. de 6 de mayo de 1858 asigno a todas las pistolas de ánima lisa, incluidas por lo tanto éstas, una duración de 40 años.
A partir de 1845 se empezó a dotar de dicha pistola no sin problemas y retrocesos, a las fuerzas montadas de la Guardia Civil, permanecieron en servicio en las mismas junto a otros modelos de chispa, si bien en menor cuantía, durante los veinte años siguientes y sin que fuera posible habitualmente que se dotaran de dos pistolas de arzón.
El Duque de Ahumada solicito al Ministerio de la Guerra mejorar el armamento unificar los modelos adjudicados, resolviéndose por R.O. de 28 de febrero de 1849 que “según lo permitían las consignaciones, que en las fabricas de armas de fuego se construyan sucesivamente algunas pistolas para ir relevando las que usa dicho Instituto, pero dando siempre la preferencia y sin perjudicar la elaboración de fusiles”.
Dado que las penurias continuaban el Duque de Ahumada – incansable en sus demandas – ante “el mal estado en que se encontraba la mayor parte de las espadas y pistolas de Caballería, y la indispensable necesidad de su reposición”, elevo nuevamente sendos escritos el 26 de Julio y 26 de Septiembre de 1851.
La R.O. de 28 de febrero de 1852, resolvió que “conforme lo permitían las atenciones de los Cuerpos de Caballería del Ejercito y sin desatender al armamento de este arma, se proceda al cambio que solicita la Inspección de la Guardia Civil.
Dado que continuaba el mal estado de buena parte de las pistolas de chispa, desfasadas además frente a las de percusión que se habían empezado a entregar a la Caballería del Ejército, sucesivos inspectores Generales motivaron nuevas reclamaciones. Así el Teniente General Isidro de los Hoyos y Rubín de Celis. Reitero el 23 de octubre de 1858 el cambio de las de chispa por las de percusión.
Dos meses más tarde se contesto mediante R.D. de fecha 24 de diciembre, disponiendo que el cambio se efectuara a la mayor brevedad, teniendo “la Dirección General de Artillería una relación detallada de las necesarias para que esta providencie su construcción”.
El Inspector General del Instituto solicito entonces la sustitución concreta de 1.959 pistolas de chispa por 1.957 pistolas de percusión. Tras el informe favorable se dicto la R.O. de 12 de marzo de 1.859, en la que se disponía “que se facilitasen desde luego las 320 pistolas que existían en los Almacenes de Artillería, entregándose las restantes hasta el completo de las que necesita la Caballería de la Guardia Civil, a medida que se vayan construyendo en las fabricas, devolviéndose en los mismos términos las de chispa, que hay y las que tenga sin gancho para que haya una completa uniformidad.
Si bien la Caballería del Ejercito tuvo así mismo la dotación la pistola de chispa modelo 1.843, idéntica a la del modelo 1.839 salvo sus menores dimensiones e inferior calibre – no hay constancia de que fuera adjudicada al instituto excepto en la R.O. de 12 de mayo de 1.864, donde se disponía que por la Maestranza de Madrid se entregase al tercio de Veteranos de la Guardia Civil – unidades dedicadas a atender las necesidades de la Seguridad pública de la Capital del Reino - previo pago por el Ministerio de la Gobernación, de 86 pistolas lisas modelo 1843