A mi me pasa igual compañero SP7 es algo que a los que nos gusta las armas inutilizadas resulta práctico, te lo puedo asegurar, yo no me arrepiento y me siento muy orgulloso, te dan un documento muy bien escrito con la licencia y luego compras tu libro, es un paso importante para el coleccionista.
Hola Cantonal, discrepo totalmente en tu afirmación, es UN RETROCESO IMPORTANTE PARA EL COLECCIONISTA. Y ya respondo a todos.
Verás, antes, las armas inutilizadas se debían guiar en el Libro del Coleccionista. Aberración total, ya que conforme a la normativa europea (hoy más del 80% de nuestras normas son adaptaciones a la misma) las armas inutilizadas NO SON ARMAS sino objetos decorativos.
Con la adaptación de dicha normativa, tuvieron que sacar la obligación de inscribirlas (aunque nuestra censora CIPAE -Comision Interministerial Permanente de Armas y Explosivos- e ICAE -Intervención Central de Armas y Explosivos- en su afán de ser el Gran Hermano orwelliano se sacaron de la manga el crear un fichero (al más puro estilo fiscalizador, como si fuésemos delincuentes) en el que se te da un tratamiento de poseedor (no olvidemos que en España NO eres propietario del arma sino poseedor a discreción de la Autoridad) o usufructuario con obligatoriedad de dar constancia de todas las transmisiones que tenga ese objeto decorativo.
Naturalmente quedaron exentas las anteriores armas con certificado emitido por una Autoridad (o no) diferente de la Guardia Civil ya que su "poder" sólo llegaba a las certificadas por ellos, todo ello según el Reglamento de Armas.
Así, con la Reforma del Reglamento de Junio de 2011, la CIPAE o la ICAE consiguieron modificar lo anterior arrogándose la potestad de emitir los Certificados de Inutilización, dándose muchas paradojas, entre ellas la de la doble imposición -pagas tasas por inutilizar y certificar en el BOPE y pagas tasas por el Certificado de la Guardia Civil- y anulando la posibilidad de que otras instancias emitan Certificados válidos.
OJO, al tener "por huevos" que adaptarse a la normativa europea, los Certificados de Institutos Oficiales reconocidos por los Estados miembros de la U.E. SON VÁLIDOS Y QUEDAN FUERA DE ESTA NORMATIVA. Situación lógica porque, como comenté, son objetos decorativos. Cosas del "territorio Schengen" y la libertad de movimientos entre paises. Es decir, NO hay que pasarlos por la Guardia Civil. Lógico, y estarán como perros rabiosos a los que han quitado el hueso.
Ahora bien, ¿qué pasa con los Certificados emitidos anteriormente y con la inutilización antigua?. Como no pueden hacer pasar por el aro a toda la ciudadanía (bendita imperfecta democracia), RECUPERARON la fórmula antigua de INSCRIBIR en el Libro de Coleccionista LAS ARMAS INUTILIZADAS POR LA GUARDIA CIVIL ANTERIORES A JUNIO DE 2011 siempre que se transfieran y su nuevo (o antiguo) propietario (ahora si) no quiera adaptarlas a la nueva inutilización (que por otra parte, cuesta una pasta).
PERO LAS DEMÁS ARMAS INUTILIZADAS NO NOMINALES, es decir, las de Certificados del Ejército, Policía o BOPE, no tienen obligación de pasara por la Guardia Civil o al Libro. Siguen siendo de venta "libre".
Otra cosa son las ARMAS en USO inscritas en el Libro. Ahí sigue como estaba. Se podía haber hecho una mejora (al estilo de los Vehículos Históricos) en que tú lo inscribes y puedes "sacarlas" al Campo de Tiro con motivo de Tiradas Históricas, con la pertinente y debida Autorización para ello de la Guardia Civil. Se perdió una oportunidad para hacerlo, pero tiempo, yo espero verlo.
Sí se modificó la "edad" que ampara a las armas históricas (guiables en el Libro si no se dispone de la correspondiente licencia AE) que se incrementó hasta 1900 (es decir, 31 de Diciembre de 1899), no las armas sino las patentes o los modelos.
Se dejó como estaba el otro apartado que las recoge, el de Armas que por su valor Histórico, Artístico o haber "protagonizado" algún hecho relevante o ser un prototipo, un adelanto en la evolución de las armas, no son susceptibles de ser inutilizadas. Para ello hay que Certificarlo.
Por lo anterior, se exige el certificado médico como si de cualquier licencia se trate, cosa lógica en parte, ya que si yo tengo el prototipo (por ejemplo) del fusil reglamentario en 1808 con el que se disparó a Pepe Botella, ni lo voy a usar ni me pienso desprender de él cuando no pueda obtener el preceptivo certificado médico, por ejemplo, por edad...
Ya siento lo farragoso de la explicación, pero como habrás podido ver, no es un paso importante.
Un paso importante es que tú tengas, para siempre, tus piezas de colección
adornando tu casa, con su Certificado de inutilización y no tengas que rendir cuentas a nadie de ellas. Que son objetos decorativos.
Un saludo.